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DECLARACIÓN DE LA CORRIENTE AGRAMONTISTA
(de abogados independientes cubanos)
Hoy, 25 de abril, se cumplen cinco años de la injusta detención de nuestro colega agramontista pinero Rolando Jiménez Pozada.
Aunque su arbitraria detención se produjo a poco más de un mes de la de los encarcelados de la Primavera Negra, el tratamiento que se le dio a nuestro colega fue diametralmente opuesto, pues mientras que aquéllos fueron víctimas de procesos sumarios realizados con la mayor festinación (en menos de tres semanas), el de nuestro compañero de profesión —por el contrario— se caracterizó por la extremada lentitud. A pesar de que las leyes de procedimiento vigentes establecen como regla un plazo máximo de seis meses para la instrucción del expediente de fase preparatoria, contra Jiménez Pozada no se formuló una acusación formal hasta el 30 de octubre de 2006: ¡la friolera de más de tres años y medio después de su arbitraria detención!
El juicio se celebró el 15 de diciembre de 2006. En ese acto no se le permitió al letrado acusado asumir su propia defensa, a pesar de que el Decreto-Ley N° 81 (Sobre el Ejercicio de la Abogacía) contempla expresamente la posibilidad de que un jurista pueda hacerlo. Por desgracia, esto no constituye una novedad en Cuba, pues otros agramontistas acusados tampoco han podido autodefenderse en sus respectivas causas penales.
A esa flagrante violación de la Ley se sumó el hecho de que Rolando Jiménez Pozada ni siquiera pudo estar presente en su propio juicio, pues el tribunal actuante, de manera arbitraria y festinada, dispuso que ese acto judicial se celebrara sin su presencia. En resumidas cuentas, nuestro colega no tuvo la posibilidad real de defenderse.
Ese trámite culminó con otro atropello más: el Ministerio Fiscal (única parte acusadora) había interesado para él una pena de seis años de privación de libertad; sin embargo, cuando la Sala de Delitos contra la Seguridad del Estado de Ciudad Habana, cometiendo una nueva violación de la Ley, le notificó su sentencia fuera de término (¡111 días después del juicio!), el inculpado pudo constatar la increíble crueldad de ese órgano: ¡éste le impuso una sanción conjunta de doce años!; o sea, ¡el doble de la solicitada por el Fiscal!
Sobre la base de todas esas realidades, proclamamos que en el caso de nuestro colega Rolando Jiménez Pozada no ha habido ni la más remota semejanza con lo que debe ser un debido proceso.
A lo anterior se suman los atropellos perpetrados en su contra en la Prisión de El Guayabo, en su natal Isla de Pinos (hoy “Isla de la Juventud”) por parte de las autoridades penitenciarias o con la connivencia de éstas. La situación más escandalosa en ese sentido es que los carceleros de nuestro colega, pese a conocer que éste, antes de graduarse como Licenciado en Derecho, había trabajado como oficial de la policía en el enfrentamiento a los delitos relacionados con las drogas, no dudaron en encerrarlo con varios traficantes contra los que Jiménez Pozada, en cumplimiento de su deber policial, había actuado. Como no cabía menos que suponer, esos delincuentes comunes convictos se abalanzaron conjuntamente contra nuestro compañero, y mientras varios lo sujetaban, otros lo agredieron salvajemente, utilizando incluso un madero que oportunamente se encontraba en el lugar; en esa ocasión, nuestro colega sufrió serias lesiones, inclusive en un ojo que corrió peligro de perder. Después, se ha encerrado a Rolando —¡la víctima de la agresión!— en una celda de castigo.
Durante toda su permanencia en la Prisión de El Guayabo, nuestro compañero ha denunciado valientemente toda una serie de amenazas proferidas en su contra, así como diversos atropellos allí perpetrados; a ello, las autoridades comunistas han dado la callada por respuesta.
Los abogados independientes de la Corriente Agramontista firmantes de la presente Declaración, que residimos en una y otra margen del Estrecho de la Florida, pero que por ello mismo somos todos parte inseparable de la Nación Cubana, denunciamos con toda energía el verdadero calvario que las autoridades castristas están haciendo pasar a nuestro compañero de profesión y de luchas pacíficas, y reclamamos para él —al igual que para los restantes presos políticos cubanos— la solidaridad de los juristas y de todos los hombres y mujeres de buena voluntad de todo el mundo.
¡Cesen los atropellos contra Rolando Jiménez Pozada y otros presos de conciencia! ¡Libertad incondicional para el abogado agramontista Rolando Jiménez Pozada y los demás presos políticos cubanos!
La Habana-Miami, 25 de abril de 2008.
Eduardo Agramonte
Santiago Alpízar
Leonardo Costales Pita
Ángel Cuadra
Juan Escandell Ramírez
Bárbara Estrabao Bichilí
Luis F. Fernández Moreno
Manuel Fernández Rocha
Félix Fleitas Posada
Pedro Fuentes Cid
Alfredo García Menocal
Lázaro Giraldo Godínez González
Luis Gómez Domínguez
Santiago Gómez Haremboure
René Gómez Manzano
Jesús González
Juan Carlos González Leiva
Nick Gutiérrez
Jadir Hernández
Julio Alejandro Hernández
Francisco Leblanc Amate
Juan José López
Camilo Loret de Mola
Mario Enrique Mayo Hernández
Leonel Morejón Almagro
Ofelia Nardo
Maybell Padilla Pérez
Vicente Padrón Casas
Antonio Pavoni Martín
Enrique Pérez Blanco
Roberto de Jesús Quiñones Haces
Caridad Rafael
Adolfo Rivero Caro
Luis Rodríguez Cepero
José Manuel de la Rosa Pérez
Alexandra Salazar
César J. Sotelo
Abril 27, 2008
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